- Realizar únicamente actividades empresariales (enajenación de bienes o prestación de servicios),
- Podrán obtener ingresos por salarios.
- En prestación de servicios, éstos no podrán ser aquellos en los que se requiera título profesional
- Los ingresos del ejercicio anterior no podrán ser superior a $2,000,000.00
- No deberán ser, socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas.
- Contribuyentes que realicen actividades con bienes raíces, capitales inmobiliarios o actividades financieras.
- Comisionistas, mediadores, agentes, corredores, consignadores y distribuidores, salvo cuando reciban por concepto de comisión o mediación hasta un 30% del total de sus ingresos.
- Aquellos que obtengan ingresos por espectáculos públicos y franquiciatarios.
- Los que realicen actividades empresariales a través de fideicomisos o asociación en participación.
martes, 21 de enero de 2014
REQUISITOS PARA TRIBUTAR EN EL REGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL: #cptwitter #anafinet
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario